Novel Foods / Nuevos alimentos
Ir a la navegación
Ir a la búsqueda
La normativa europea define como Nuevos Alimentos aquéllos que reúnan al menos una de las siguientes características:
- Son Transgénicos o proceden de microorganismos modificados genéticamente. Es decir, se ha modificado la información genética de los organismos de los que proceden para obtener alguna propiedad beneficiosa.
- Poseen una estructura molecular distinta a la que presentaban con anterioridad.
- Proceden de microorganismos, algas u hongos (distintos a aquéllos empleados tradicionalmente en la elaboración de alimentos).
- Proceden de animales o vegetales en cuya reproducción se emplean métodos no tradicionales.
- Se han obtenido mediante nuevos procesos de producción que ocasionan modificaciones importantes de su composición o estructura tales que afecten su valor nutricional, su asimilación por el organismo o la cantidad de sustancias no deseables que contienen.